El SINDICATO DE POLICÍA LOCAL ASOCIADA (P.L.A.) y CSIT UNION PROFESIONAL informan de una situación insólita:
Al parecer, tanto el anterior equipo de gobierno como los sindicatos suscriptores del Acuerdo-Convenio sobre Condiciones de trabajo comunes al personal funcionario y laboral del Ayuntamiento de Madrid y de sus OOAA, periodo 2019-2020 (CCOO, UGT y CSIF), firman acuerdos que NO se pueden cumplir.
ARTÍCULO 42. ACUERDO-CONVENIO / AYUDA POR NATALIDAD. Consistirá en el abono de una ayuda económica de 600,00 € por el nacimiento o adopción de un hijo o de una hija, a partir del 1 de enero de 2020. Podrá solicitar esta Ayuda el personal municipal a que se refiere el artículo 27.1 de este Acuerdo-Convenio. Para generar el derecho a esta Ayuda se estará a los términos exigidos en las Bases generales y específicas de la convocatoria anual. En caso de que ambos/as cónyuges, miembros de la pareja de hecho, progenitores o progenitoras reúnan la condición de beneficiarios/as, sólo uno de ellos o una de ellas devengará la ayuda por cada hijo o hija común.
DISPOSICIÓN ADICIONAL CUARTA DE LAS BASES DE ACCIÓN SOCIAL DE 2020. En el caso de que la Ley General de Presupuestos suprimiera la actual limitación de los gastos en materia de acción social, podrán incorporarse a las Bases, el incremento de oficio de todas las ayudas, excepto la de transporte, el incremento en 100 euros de la cuantía máxima anual a percibir de la ayuda asistencial para el personal municipal con un grado de discapacidad igual o superior al 33% reconocido por el organismo competente y la ayuda por natalidad, previstas en el Acuerdo Convenio 2019-2022.